¿Cómo se otorga un poder notarial en Turquía?

Pasos para definir el tipo de poder, acudir a la notaría con tu identificación y cerrar el trámite el mismo día.

Noter bankosunda belgeyi imzalamak üzere oturan kadın ve karşısında bilgisayarda işlem yapan noter katibi

Respuesta corta

Define primero el alcance del poder y los datos de identidad de la persona a la que se lo darás. Acude con una identificación vigente a cualquier notaría, toma turno e indica que quieres "otorgar un poder notarial". El oficinista redacta el texto, tú lo lees, lo apruebas y lo firmas. Paga la tarifa y recoge la copia del poder junto con el recibo.

Lo que necesitas

Documento de identidad vigente con fotografía (cédula turca, pasaporte o licencia de conducir)
Nombre, apellidos, número de identidad y nombre del padre de la persona apoderada
Descripción de los trámites para los que se usará el poder (registro de la propiedad, venta de vehículo, seguimiento de un juicio, etc.)
Copia del documento relacionado: escritura del inmueble, permiso de circulación del vehículo o número de expediente
Fotografía tamaño carné para algunos tipos de poder

Paso a paso

01

Define el tipo de poder

El poder puede ser "general" o "especial". El general concede facultades amplias; el especial cubre únicamente el trámite que indiques. Para transmisión de inmuebles, venta de vehículos, demandas de divorcio y operaciones societarias se exigen cláusulas de facultad específicas, así que aclara desde el inicio de qué trámite se trata.

02

Reúne los datos y documentos

Anota los datos de registro civil de la persona apoderada sin omisiones, porque la notaría redacta el texto con esa información. Si hay un bien implicado, lleva la escritura, el permiso de circulación o los datos del expediente judicial. En poderes sobre inmuebles y vehículos la notaría suele pedir una fotografía tamaño carné, tenla contigo.

03

Acude a la notaría y toma turno

No existe límite territorial para otorgar un poder: puedes acudir a cualquier notaría de Turquía. Toma un ticket en la máquina de turnos de la entrada; en algunas notarías "Poderes" y "Otros trámites" son colas separadas. En notarías concurridas conviene ir a primera hora para esperar menos.

04

Explica tu solicitud al oficinista

Cuando llegue tu turno, di al oficinista que quieres otorgar un poder e indica el tipo y el trámite para el que se usará. El oficinista toma tu identificación y extrae tus datos del Sistema de Información Notarial para redactar el texto. Describe la operación de forma concreta para que no falte ninguna cláusula de facultad.

05

Lee el texto y fírmalo

El oficinista te entrega el borrador o te lo muestra en pantalla para que lo leas. Revisa uno por uno los datos de identidad del apoderado, las cláusulas de facultad y tus propios datos; si hay un error, pide que se corrija antes de firmar. Después firma el documento ante el notario.

06

Paga la tarifa y recoge la copia

Tras la firma te dirigen a la caja, donde puedes pagar con tarjeta o en efectivo. A cambio recibes la copia del poder y el recibo del pago. Para que tu apoderado pueda actuar, debes hacerle llegar esa copia.

07

Confirma la validez del poder

Pide a tu apoderado que confirme con la institución donde hará el trámite (registro de la propiedad, banco, secretaría del juzgado) que las cláusulas de facultad son suficientes. Si falta alguna facultad, hay que volver a la notaría para un poder adicional o una corrección. En la sección de servicios notariales del portal e-Devlet puedes ver tus poderes registrados.

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Consejos

Si designas al apoderado para un trámite en el extranjero, pregunta antes si el poder necesita apostilla o legalización consular.
Es más seguro limitar el alcance al máximo: en lugar de facultad "para realizar toda clase de actos", pide que se incluyan solo las cláusulas que necesitas.
Cuando la persona no sabe leer ni escribir, tiene discapacidad visual o no habla turco, se requiere un testigo o un traductor jurado; avisa a la notaría desde el principio.
Para anular un poder debes acudir a la misma notaría o a otra y otorgar una revocación ("azilname"); romper el documento por tu cuenta no tiene efecto jurídico.
Si otorgas el poder en nombre de una empresa, te pedirán el registro comercial actualizado y las firmas autorizadas que acrediten tu facultad de firma; llévalos contigo.

Atención

El poder general concede facultades muy amplias: la persona designada puede vender tu inmueble, endeudarte u operar en tus cuentas bancarias. Otórgalo solo a personas de tu total confianza y limita el alcance a lo necesario. Cuando ya no lo necesites, no olvides revocarlo mediante una revocación notarial ("azilname").

Preguntas frecuentes

+¿A qué notaría debo acudir para otorgar un poder?

No hay límite de competencia territorial para otorgar poderes: puedes hacerlo en cualquier notaría de Turquía. No es necesario que sea la del distrito de tu domicilio.

+¿La persona apoderada también tiene que estar en la notaría?

No, el poder lo firma únicamente quien lo otorga. Basta con que facilites los datos de identidad completos del apoderado; no hace falta que acuda.

+¿El poder notarial tiene fecha de vencimiento?

Si en el texto no se indica un plazo, el poder sigue vigente hasta que lo revoques con una revocación notarial. Algunas instituciones piden una copia de fecha reciente para ciertos trámites; consúltalo con la entidad correspondiente.

+Estoy en el extranjero, ¿puedo otorgar un poder?

Sí, puedes otorgarlo como trámite notarial en el consulado de la República de Turquía del país donde te encuentres. Confirma la cita y los requisitos documentales en la página del propio consulado.

+¿Cómo anulo un poder notarial?

Debes acudir a cualquier notaría y otorgar una revocación ("azilname"). La notaría inscribe la revocación en los registros; además, conviene notificarlo al apoderado y a la institución donde se tramitó.

Fuentes y verificación

Última verificación: 12 Eylül 2026. avísanos. Trámite específico de Turquía: los nombres de instituciones (notaría, e-Devlet, Sistema de Información Notarial) y el término legal "azilname" se mantienen como referencia local.

Este contenido es informativo; en trámites prevalecen los avisos oficiales del organismo correspondiente. Detalles: aviso de responsabilidad.

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