¿Cómo tramitar la herencia en el registro de la propiedad?
Obtén el certificado sucesorio y actualiza por tu cuenta el registro de los inmuebles heredados.

Respuesta corta
Primero obtén el certificado sucesorio ante un notario o el Tribunal Civil de Paz. Después, comprueba el documento en e-Devlet, completa las gestiones fiscales y municipales necesarias y crea una solicitud de transmisión hereditaria en WebTapu, dentro de «Operaciones de solicitud». La oficina del registro verificará los documentos y la condición de los herederos antes de completar la inscripción.
Lo que necesitas
Paso a paso
Elige dónde obtener el certificado
Solicita el certificado sucesorio ante un notario si se cumplen los requisitos; si no puede expedirlo, acude al Tribunal Civil de Paz. Presenta los documentos de identidad y la información del fallecimiento. Para la vía judicial, la oficina del tribunal o la unidad de reparto te indicará dónde presentar la solicitud.
Comprueba el certificado sucesorio
Cuando se expida, consulta su estado en e-Devlet, dentro de los servicios del Ministerio de Justicia, mediante la pantalla «Consulta del certificado sucesorio». Revisa los nombres y las cuotas de cada heredero. Si hay errores, contacta con el notario o el tribunal antes de solicitar la inscripción.
Completa las obligaciones fiscales
Consulta en la Oficina Tributaria Interactiva de la Administración Tributaria los servicios relacionados con el impuesto de sucesiones y donaciones, o presenta la declaración ante la oficina tributaria. Si se exige el valor fiscal del inmueble u otro documento municipal, solicítalo al ayuntamiento correspondiente.
Crea la solicitud en WebTapu
Entra en WebTapu y abre «Operaciones de solicitud»; después, selecciona «Solicitar». Elige el inmueble, marca «Transmisión hereditaria» o la opción «Transmisión» que muestre el sistema y carga los documentos requeridos. Si el inmueble no aparece, confirma sus datos con la oficina registral.
Sigue el expediente registral
Consulta el estado del expediente en «Seguimiento de solicitudes» y revisa cualquier cita o aviso del sistema. La oficina comprobará el certificado sucesorio, los herederos, la situación fiscal y los datos del inmueble. Si pide documentos adicionales, entrégalos según las instrucciones de la solicitud.
Finaliza la inscripción
Completa los pasos indicados por la oficina con todos los herederos o sus representantes debidamente autorizados. Tras la inscripción, verifica los titulares y las cuotas del inmueble mediante la consulta de información registral en e-Devlet o WebTapu. Si existe una discrepancia, contacta con la oficina que tramitó el expediente.
Consejos
Atención
El certificado sucesorio no inscribe automáticamente el inmueble a nombre de los herederos. La oficina puede suspender el trámite si faltan la declaración fiscal, los registros institucionales, las cuotas correctas o un poder suficiente. Si existe una disputa entre herederos, puede ser necesario recibir asesoramiento jurídico.
Preguntas frecuentes
+¿Dónde se obtiene el certificado sucesorio?
Puede obtenerse ante un notario cuando se cumplen los requisitos. Si el notario no puede expedirlo, debes solicitarlo al Tribunal Civil de Paz, que comprobará la información familiar y sucesoria.
+¿Se puede inscribir la herencia sin certificado sucesorio?
Por lo general, no. La oficina registral necesita un documento oficial que identifique a los herederos y sus cuotas, expedido por un notario o por un tribunal.
+¿Deben acudir todos los herederos?
Depende del trámite concreto, pero normalmente deben participar todos los herederos o sus representantes con poderes válidos. Confirma con la oficina registral los requisitos de firma y representación antes de la cita.
+¿La solicitud en WebTapu completa la inscripción?
No. WebTapu solo envía electrónicamente el expediente. La inscripción se completa después de que la oficina registral revise los documentos y los datos del inmueble.
Fuentes y verificación
Páginas oficiales para este trámite
Última verificación: 23 de septiembre de 2026. avísanos.
Este contenido es informativo; en trámites prevalecen los avisos oficiales del organismo correspondiente. Detalles: aviso de responsabilidad.